Referencia:
Guía Hipotecaria

El préstamo hipotecario. 

Se llama hipotecario porque el inmueble queda afectado como garantía del pago del préstamo. Para conocer exactamente el importe del préstamo hay que tener en cuenta dos aspectos: el valor de tasación de la vivienda y sus ingresos. Como regla general las entidades suelen recomendar que la cuota que deberá pagar al mes en concepto del préstamo hipotecario no supere el 30% de sus ingresos mensuales. Así se evita correr riesgos de impago. Usted podrá obtener entre el 70% y el 80% de ese importe. Quizá pueda incluso llegar a más si aporta garantías adicionales (avales) para por ejemplo, refomar la vivienda que vaya a adquirir. El plazo de amortización es el tiempo que se establece en el préstamo para su total devolución. Los préstamos hipotecarios tienen un plazo dilatado, desde cinco a quince, veinte, treinta o más años. El tipo de interés unido al plazo, determina lo que usted pagará a lo largo de los años. La concesión del préstamo por parte de la entidad suele llevar parejo el cobro de una comisión que, bajo el nombre genérico de comisión de apertura, engloba los gastos de estudio y tramitación del préstamo. Suele ser un tanto por ciento del importe del préstamo con una cuantía mínima. La comisión por amortización anticipada sólo se aplica si efectivamente se produce. Esta comisión hace referencia a los pagos extras que el cliente decide destinar a aminorar el préstamo, ya sea reduciendo la cuota a pagar mensualmente o el plazo de la operación. A veces, la tarifa varía si lo que se amortiza es todo el préstamo -cancelación total- o sólo una parte -amortización parcial-. Los documentos que debe aportar a la entidad financiera son los siguientes: Información personal: DNI/NIF. Información económica: Trabajador por cuenta ajena: últimas nóminas; declaración de la renta; certificado de la empresa que refleje la antigüedad en el empleo. Trabajador por cuenta propia: declaración de la renta. Justificación de ingresos y últimos pagos fraccionados de IRPF e IVA. Información sobre el bien a hipotecar
  1. Compra de particular a particular: fotocopia de la escritura de compraventa
  2. Compra a un promotor: fotocopia de la escritura del contrato de compraventa
  3. Si lo que quiere es construir su propia vivienda: escritura de la propiedad del solar y la licencia y proyecto de obra.
inmoWOX
 ©2008 Sintra Inmobiliaria Tel. 902 024 909     Aviso Legal