¿Qué documentos debe entregarme el vendedor?
En viviendas de nueva construcción, la licencia de primera ocupación, memoria de calidades, plano de la vivienda, así como el resto de información a que se refiere el Real Decreto 515/89.En viviendas de segunda mano es más importante incidir en los aspectos económicos: último recibo pagado del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y último recibo pagado de los gastos de la comunidad.